Desde el pasado 1 de abril, ya se puede acceder a nuestros datos fiscales a través de la App de la Agencia Tributaria y a través del sistema REN.
Este año, los contribuyentes que están exentos de hacer la declaración son aquellos que perciban rendimientos íntegros del trabajo hasta 14.000 €. Por otra parte, a partir de 14.000 € mensuales si han tenido varios pagadores y los que perciban un importe superior a 22.000 € de un mismo pagador, estarán obligados a declarar.
La declaración de la renta del 2019 trae consigo una serie de novedades entre ellas:

♦️ La simplificación de la identificación del domicilio fiscal, que a partir de ahora aparecerá en un apartado diferente y se podrán actualizar los datos.
♦️La simplificación de cumplimentación de los rendimientos de capital inmobiliario y de actividades económicas de estimación directa.
♦️ Límites excluyentes del método de estimación objetiva.
♦️Reducción por obtención de rendimientos del trabajo personal hasta 5.575 € anuales con grandes rendimientos netos (hasta 16.825 €).
♦️ Obligaciones contables y registrales para actividades económicas.
♦️ Novedades en los planes individuales de ahorro sistemático
♦️Exención de ganancias patrimoniales en supuestos de reinversión en rentas vitalicias.
♦️ Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas.
♦️ Rendimientos procedentes de la propiedad intelectual con el contribuyente no sea el autor.
Para presentar la declaración el plazo comprendido entre el 1 de abril al 30 de junio de 2020 ambos inclusive y la declaración se puede presentar vía Internet a través del programa renta web o desde la app de la Agencia Tributaria , por teléfono a partir del 7 de mayo, concertando cita previa a partir del 5 de mayo y presencial también solicitando cita previa a partir del 5 de mayo y comenzando el 13 de mayo.
Artículo de Apialia.cat